Derechos de la naturaleza

 Derechos de la naturaleza

El aumento del interés por el derecho humano a un medio ambiente saludable se produce a medida que el mundo se enfrenta a crisis ambientales sobrepuestas y relacionadas, como la decoloración y la desaparición de los arrecifes de coral, el aumento de las tasas de extinción de las especies y la aceleración del cambio climático. Algunos sistemas jurídicos empiezan a reconocer a nivel constitucional, legal y jurisprudencial los denominados derechos de la naturaleza, otorgándole personalidad jurídica propia. (Margil, 2018)

Enlace 1: https://www.openglobalrights.org/the-rights-of-nature-gaining-ground/?lang=Spanish

El camino hacia su reconocimiento y consolidación inició con la Carta de la Naturaleza de las Naciones Unidas de 1982, la cual estableció que la especie humana es parte de la naturaleza y la vida depende del funcionamiento ininterrumpido de los sistemas naturales; señala además que toda forma de vida es única y merece ser respetada, cualquiera sea su utilidad para el ser humano. (Peña, 2017).



Sin embargo, como están descubriendo muchas personas, el derecho humano a un medio ambiente saludable es imposible de lograr si el medio ambiente en sí no es saludable. De hecho, Klaus Töpfer, exdirector del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, ha declarado que los derechos humanos en general “no se pueden garantizar en un medio ambiente degradado o contaminado”. (Margil, 2018)

Derechos de la naturaleza en Ecuador

Video número 1: 

El artículo 71 señala que: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”. Lo que convierte al Ecuador en el primer país del mundo en asignarle esa categoría jurídica.


La representación de estos derechos corresponde a las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Para lograr establecer esta innovación fue necesario un proceso político transformador, que ha sido el resultado de la ampliación del reconocimiento de los derechos que se ha conseguido mediante una intensa lucha política para cambiar el Derecho. Esta concepción nace de principios como el Sumak Kawsay, desde la cosmovisión indígena; pero además se complementa desde el creciente reclamo de amplios segmentos de la población en contra de la acelerada destrucción de la Naturaleza. (Solano, 2020) 

Enlace 2: https://www.ucuenca.edu.ec/component/content/article/277-espanol/investigacion/blog-de-ciencia/ano-2021/mayo-2021/2064-leyes-fisicas-y-modelos-basados-en-datos-2?Itemid=437


Al Estado se le impone obligaciones de promoción, respeto, garantía y reparación de estos derechos, que son de carácter similar a los que nacen de los derechos humanos. De forma adicional se establece una obligación de largo plazo: la “restauración” - materia que ha pasado desapercibida. La restauración se entiende por la recuperación de ecosistemas degradados o modificados a una condición similar o igual a su estado original silvestre; antes que se produjeran impactos de origen humano. Sin embargo, Ecuador se registra como el país con los peores indicadores ambientales en América del Sur. Las medidas que intentan impedir estas acciones, siguen siendo insuficientes puesto que la brecha de deterioro ambiental aumenta año a año. (Margil, 2018) 


Hechos como que somos el único país que mediante una comunicación oficial, ha expresado su no adhesión al Acuerdo de Copenhague, denotan acciones que deben ser replanteadas desde el gobierno nacional. Los objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes de funcionamiento de los sistemas naturales, sin perder de vista el respeto a la dignidad humana y social. Por ello, es importante que desde la participación social busquemos los mecanismos y garantías necesarios para la plena vigencia de los derechos de la naturaleza. (Solano, 2020)

Video número 2: 


A lo largo de nuestra vida hemos visto como poco a poco hemos ido terminando y arruinando la naturaleza en la que vivimos, lo cual nos deja como enseñanza que debemos tomar medidas para reparar nuestro planeta y el mundo natural vivo. Gracias a los derechos de la naturaleza estipulados por la ley somos un poco más conscientes del daño que hacemos, pero nosotros sabemos que con pequeños gestos como el reciclaje podemos hacer mucho por la naturaleza, ya que, la contaminación por residuos ahoga a los ecosistemas y provoca la pérdida de biodiversidad.

Video número 3:


Referencias Bibliográficas

Margil, M. (11 de 14 de 2018). Los derechos de la naturaleza ganan terreno. Obtenido de https://www.openglobalrights.org/the-rights-of-nature-gaining-ground/?lang=Spanish

Peña, M. (21 de 11 de 2017). Derechos humanos ambientales y derechos a la naturaleza. Obtenido de Derecho ambiental: https://derecho.ucr.ac.cr/Posgrado/derecho-ambiental/derechos-humanos-ambientales-y-derechos-a-la-naturaleza/

Solano, V. (6 de 4 de 2020). Cápsula, derechos de la naturaleza en Ecuador. Obtenido de https://www.ucuenca.edu.ec/component/content/article/277-espanol/investigacion/blog-de-ciencia/ano-2021/mayo-2021/2064-leyes-fisicas-y-modelos-basados-en-datos-2?Itemid=437

 

                                                                                                               Realizado por: Helen Saltos Barén

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